Estudio Garrido

Prensa

NEWSLETTER - 7 al 14 de SEPTIEMBRE

PUBLICACIÓN DE CONTRATOS DE ADHESIÓN
La Secretaría de Comercio del Interior a través de la Resolución 271/2020 (08/09/2020) establece que deberán ser publicados todos los ejemplares de los contratos de adhesión, así como toda otra condición general y particular de adhesión predispuesta, mediante las que se instrumenten derechos y obligaciones vigentes con sus consumidores y/o usuarios, y también las dirigidas a potenciales consumidores indeterminados. Asimismo, los ejemplares deberán ser publicados en la página de inicio de los sitios de Internet institucionales, discriminados según las variantes del producto y/o servicio en cuestión. En iguales condiciones, deberán informarse las promociones y bonificaciones ofrecidas, con indicación precisa de las fechas de comienzo y de finalización, así como sus modalidades, condiciones y limitaciones.

SOCIETARIO
RÉGIMEN DE INVERSIÓN COLECTIVA PARA EL DESARROLLO INMOBILIARIO
La Comisión Nacional de Valores a través de la Resolución General 855/2020 (11/09/2020) crea un régimen de productos de inversión colectiva para el desarrollo inmobiliario, con el fin de impulsar el desarrollo de la actividad inmobiliaria permitiendo el acceso al financiamiento. Para ello, se adapta la normativa relativa a los fondos comunes de inversión cerrados y los fideicomisos financieros, y se incorporan disposiciones, aplicables a ambos vehículos, relativas a la figura del desarrollador como un partícipe especial en estas estructuras, y un régimen informativo especial para quienes desempeñen dicha función.

IMPUESTOS
DEUDAS SUSCEPTIBLES DE REGULARIZARSE
ARBA a través de la Resolución General 61/2020 (10/09/2020) establece que podrán regularizarse en el marco de la Resolución Normativa Nº 6/2016, las deudas referidas en el artículo 10 de la misma, que se encuentren vencidas o devengadas, según el impuesto del que se trate, hasta el 31 de agosto de 2020, inclusive. También, podrán regularizarse en el marco de la Resolución Normativa N° 6/2016 y modificatorias, la totalidad de los planes de pago que se encuentren caducos al 31 de agosto de 2020, inclusive.

PROGRAMA DE ASISTENCIA AL TRABAJO
La AFIP por medio de la Resolución General 4813 (11/09/2020) determina la forma y requisitos para que las empresas accedan al beneficio de “Crédito a Tasa Subsidiada” correspondiente al mes de agosto. El acceso al servicio “web” “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción - ATP”, estará disponible en las fechas que seguidamente se indican, según se trate de:
a) Empresas en cuya nómina no cuenten con trabajadores con pluriempleo: desde hoy y hasta el 18 de septiembre de 2020, ambas fechas inclusive.
b) Empresas que registren en su nómina trabajadores con pluriempleo: desde el 15 de septiembre de 2020 hasta el 18 de septiembre de 2020, ambas fechas inclusive.
Contacto
 

Osvaldo Imperiale
Puerto de Buenos Aires (1933)
Colección Paideia