Estudio Garrido

Prensa

NEWSLETTER del 11 al 16 de NOVIEMBRE de 2020

LABORAL
PROHIBICIÓN DE DESPIDOS Y SUSPENSIONES
El Poder Ejecutivo por medio del Decreto 891/2020 (16/11/2020) prorroga la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las
causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de 60 días. La medida incluye la prohibición de efectuar suspensiones con las mismas causales, quedando exceptuadas aquellas que se efectúen en los términos del artículo 223 bis de la ley de contrato de trabajo. Los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación a la medida no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales.

SOCIETARIO
IMPUESTOS
FERIA FISCAL
La AFIP a través de la Resolución General 4856/2020 (11/11/2020) prorroga al 29/11/2020 la feria fiscal, manteniéndose la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos. La misma alcanza a las determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras e intimaciones de pago, entre otros procedimientos. En esta oportunidad se exceptúan de la presente medida a los procedimientos de fiscalización, sumariales y de determinación de oficio, originados en la detección de facturación apócrifa y continúan exceptuados los procedimientos relacionados con precios de transferencia así como a las fiscalizaciones realizadas en función de la información que proporciona la OCDE sobre cuentas de argentinos en el exterior y a las fiscalizaciones electrónicas que se tramitan íntegramente online.

JURISPRUDENCIA
"El Poleso S.R.L. c. AFIP s/Amparo Ley 16.986" 
El día 21 de Julio de 2020 la Cámara Federal de Apelaciones de la Plata, Sala 1, trato el caso "El Poleso S.R.L. c AFIP s/Amparo Ley 16.986". En el mismo se ordenó a la AFIP que evalúe la solicitud de la empresa del beneficio del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo de Producción, con relación al Salario complementario para los meses de mayo de 2020. Se estableció que se encuentra acreditado el recaudo de verosimilitud en el derecho y el peligro en la demora, ya que viene dado por el hecho de que el beneficio al que intenta acceder se refiere a los salarios de los trabajadores de la empresa, con el carácter alimentario que ello implica, y el riesgo de que al empleador no pueda afrontar con las consecuencias perjudiciales que traería aparejadas para el sector empleado. 
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Stephen Koek Koek
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